El maltrato físico, psicológico, emocional y social al que hemos sido sometidas las mujeres no es un asunto del pasado, muy por el contrario, viene adquiriendo dimensiones cada vez más alarmantes. En pleno siglo XXI, la barbarie y la opresión se siguen invisibilizando, y las mujeres contamos como víctimas principales.
En agosto de 2003 el Fiscal General de la República, Isaías Rodríguez, interpuso ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, un Recurso de nulidad parcial de: Artículo 3 numeral 4; Artículo 32 y Artículo 39 numerales 1, 3 y 5 de la Ley de Violencia Contra la Mujer y la Familia. Los artículos, cuyo principal objetivo era brindar protección a las mujeres víctimas de violencia y a sus hijos, al permitir medidas como: el arresto transitorio del agresor, la salida del mismo de la residencia común, el acercamiento al lugar de trabajo o estudios de la víctima; entre otros que buscaban facilitar el acceso a la justicia de la mujer víctima de violencia; de acuerdo a lo dicho por el FGR, dichos artículos son inconstitucionales, puesto que la CRBV, contempla que para poder ser aplicados en casos de violencia intrafamiliar es necesario «descubrir» el maltrato in flagrancia.
El 9 de mayo de 2006 la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó sentencia declarando parcialmente con lugar la demanda de nulidad emitida por el FGR contra los artículos 3, en su ordinal 4; 32 y 39, ordinal 3 de la ley sobre la Violencia contra la mujer y la Familia, que contempla el arresto transitorio por 72 horas (la constitución establece 48 horas), dictado por los órganos receptores de denuncia de carácter administrativo (Juzgado de Paz, Prefecturas y Jefaturas civiles y por los órganos de policía y el Ministerio Público). El arresto sólo lo pueden acordar entonces los jueces de familia y penales. Y con relación a la última parte del Art. 34, se anuló lo relativo a que en caso de que no haya conciliación, los órganos receptores de denuncia puedan enviar directamente al juez de la causa las actuaciones, y ahora deberán enviarlas al Ministerio Público para que este sea como órgano encargado de la investigación, el que las remita al juez de la causa.
Asistimos entonces una vez más, a la centralización absoluta del poder en organismos del Estado, como el Ministerio Público, cuyo papel, históricamente ha dejado mucho que desear, en términos de su agilidad para darle respuesta a las injusticias de las cuales está plagado el sistema judicial, pero que en este caso nos toca significativamente, puesto que lo que se pone en juego es la vida de miles de mujeres pobres y trabajadoras, con pocas posibilidades de defenderse del maltrato sólo con su voluntad. La anulación de estos artículos, acorta el tiempo de vida para las mujeres, niños y niñas víctimas de violencia intrafamiliar, al no tener un organismo inmediato al cual acudir, que haga efectiva su denuncia.
En el caso de Venezuela, en los últimos años se ha registrado un incremento significativo en los casos de feminicidio. Sólo en Caracas, durante todo el año 2005, se reporta el asesinato de una mujer cada diez días por razones relacionadas con su género. De acuerdo con las estadísticas de los cuerpos de seguridad del Estado, el 80% de los asesinatos a mujeres han sido ejecutados por hombres con los que han mantenido algún tipo de relación vinculada con su género; de hecho, siempre se asume a la pareja como el primer sospechoso cuando ocurren estos casos.
Es por ello, que nosotras como mujeres repudiamos pública y frontalmente la actitud del FGR, así como del Ministerio Público en su conjunto, por el costo que ha de tener en la vida de miles de mujeres venezolanas maltratadas por sus parejas. En ese sentido, desde nuestra subjetividad como mujeres, víctimas de un sistema que nos dice cómo ser y estar en el mundo, que nos criminaliza si queremos decidir sobre nuestros cuerpos, que pretende que funcionemos al son de una suerte de manual predeterminado desde hace mucho tiempo, asumimos entonces, como mujeres revolucionarias , que la crítica y la denuncia al Fiscal, tiene que ser contundente, no sólo para que se revierta la decisión de anular los artículos de la Ley de Violencia contra la Mujer y la Familia, sino además para evidenciar cuál es el verdadero lugar que se le asigna a la mujer dentro de esta «revolución», y ver si así empezamos a generar espacios para el debate y la construcción de un verdadero movimiento de mujeres, que sigue siendo contenido y limitado.
Dentro de este proceso los niveles reales de participación de las mujeres, siguen estando acotados al ámbito de lo institucional de este sistema, que sigue siendo patriarcal, y en el marco del cual la gran mayoría de mujeres venezolanas está desvinculadas, y por ende desarticuladas de los procesos de lucha reales que tienen que ver con la satisfacción de nuestras necesidades fundamentales: vida digna, respeto a nuestros cuerpos, respeto y libertad real de decidir nuestros propios proyectos, igualdad de condiciones laborales, entre tantas otras.
La falta de independencia de los movimientos de la figura del Presidente, y por extensión de sus mas altos funcionarios, como el Fiscal General, viene limitando cada vez más la posibilidad de éstos de pensarse con cabeza propia y en función de sus necesidades concretas, objetivas, llevando cada vez más a cercenar el debate, y a ubicarlo en un camino que se bifurca entre ser o no revolucinari@, entre carecer o no de táctica y estrategia, entre hacerle o no el juego a la derecha...Si se sigue conteniendo la crítica cuando en virtud de defender un supuesto proyecto estratégico, podemos llegar a quedarnos allí y perder de vista qué es lo realmente estratégico. Lo estratégico se construye con lo táctico, sería bueno revisar las tácticas de quienes conducen este proceso.
La lucha de género en Venezuela, tantas veces postergada y secuestrada en espacios académicos y elitescos, se hace imprescindible sobre todo hoy cuando aún se sigue subordinando la necesidad de emancipación de la mujer y se sigue invisibilizando el hecho de que ha sido - si no el más - uno de los sectores más oprimidos, en la historia de nuestro país y del mundo.